Articulo 4 Modalidad de p...-Derogado-

Articulo 4 Modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de Castilla y León -Derogado-

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Artículo 4. Ámbito de aplicación.

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El presente decreto será de aplicación al personal funcionario y laboral que preste servicios en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en los Organismos Autónomos dependientes de ésta, que ocupe un puesto de trabajo susceptible de ser desempeñado en la modalidad de teletrabajo.

Queda fuera de su ámbito de aplicación el personal que preste servicios en centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud y el personal docente que preste servicios en centros educativos.