Articulo 4 Modelo 159 de ... eléctrica

Articulo 4 Modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica

  • Las modificaciones realizadas a esta norma por la Orden Foral 87/2024, de 17 de septiembre, serán aplicables, por primera vez, a la declaración correspondiente al ejercicio 2024, que se presentará en el mes de febrero de 2025.
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Artículo 4. Forma de presentación del modelo 159.

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1. El modelo 159 se presentará por vía electrónica a través de Internet de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descritos en los apartados siguientes.

Los presentadores deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación electrónica y que se encuentran publicadas en la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.

2. La presentación electrónica se efectuará de acuerdo con las condiciones generales establecidas en el artículo 2 de la Orden Foral 132/2009, de 3 de julio, del Consejero de Economía y Hacienda, regulando los supuestos de presentación obligada por vía telemática o en soporte legible por ordenador de determinadas declaraciones tributarias.

3. El procedimiento para la presentación por Internet de las declaraciones será el siguiente:

1.º Acceder al formulario auxiliar de modelos informativos (994) a través del servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.

2.º Seleccionar el modelo de la declaración a realizar: M159.

3.º Adjuntar el fichero con la declaración a transmitir.

El contenido de dicho fichero se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el anexo.

Cuando se detecten errores se comunicarán a través del formulario y no se permitirá presentar la declaración hasta que sean corregidos. Una vez que la declaración sea correcta, el sistema comunicará el número asignado a la declaración presentada, y la posibilidad de imprimirla para obtener un justificante de la misma.