Articulo 4 Modelo 170 de declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito
Artículo 4. Plazo y lugar de presentación del modelo 170.
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Uno. La presentación del modelo 170 deberá realizarse entre el día 1 y el 31 del mes de marzo de cada año, en relación con la información referida al año inmediato anterior.
Dos. El modelo 170 en soporte directamente legible por ordenador podrá presentarse en alguna de las entidades autorizadas para actuar como colaboradoras en la recaudación de los tributos (Bancos, Cajas de Ahorro o Cooperativas de Crédito), en los términos previstos en el Reglamento de Recaudación, aprobado por Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, y en las oficinas de atención ciudadana del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Además, los soportes directamente legibles por ordenador se podrán presentar en la unidad de informática tributaria del citado Departamento.
