Articulo 4 Modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito
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»Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 170.
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La presentación de la declaración informativa de operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito, modelo 170, se realizará en el mes de febrero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural inmediato anterior.
(Las modificaciones introducidas por ORDEN FORAL 1/2017, de 9 de enero, será aplicable, por primera vez, a las declaraciones del modelo 170 correspondientes a 2016, que se presentarán a partir de 1 de febrero de 2017.)
Modificaciones
- Artículo modificado (4) por ORDEN FORAL 1/2017, de 9 de enero, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se modifica la Orden Foral 129/2010, de 17 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.
(NA de 26-01-2017) en vigor desde 27-01-2017
