Articulo 4 Modelo 181 «De...inmuebles»

Articulo 4 Modelo 181 «Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles»

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Artículo 4. Formas de presentación del modelo 181.

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Uno. El modelo 181 se presentará conforme a alguna de las formas de presentación que a continuación se relacionan:

a) Transmisión telemática por Editran, de conformidad con lo previsto en la Orden Foral 1. 210/2002, de 5 de diciembre, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Editran de determinados modelos tributarios.

b) Soporte directamente legible por ordenador, al que ha de acompañar la hoja resumen, en soporte papel, que se deberá ajustar al diseño que figura como anexo I.

La referida hoja resumen se compone de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.

La forma de presentación prevista en la letra b) tiene carácter subsidiario: podrá ser utilizado exclusivamente por obligados tributarios que no pueden presentar el modelo mediante el sistema Editran.

Dos. Cualquiera que sea la forma de presentación, el archivo o fichero que se presente se deberá confeccionar con arreglo a los diseños lógicos previstos en el anexo II de la presente orden foral.

Tres. La presentación del modelo 181 en soporte directamente legible por ordenador sólo podrá efectuarse de forma individual: el archivo o fichero correspondiente contendrá los datos de un solo declarante.