Articulo 4 Modelo 182: IRPF, sociedades y renta de no residentes. Donativos, donaciones, prestaciones gratuitas de servicios y demás aportaciones.
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»Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 182.
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La presentación del modelo 182, tanto mediante transmisión electrónica como en soporte papel, deberá realizarse en el plazo comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año, en relación con la información referida al año inmediato anterior.
(NOTA: Artículo de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones a realizar en 2024, correspondientes al año 2023)
Modificaciones
- Artículo modificado (4) por Orden Foral 539/2023, de 24 de noviembre, por la que se modifica el modelo 182 «Impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades e impuesto sobre la renta de no residentes. Donativos, donaciones, prestaciones gratuitas de servicios y demás aportaciones. Resumen informativo anual».
(SS de 04-12-2023) en vigor desde 05-12-2023
