Articulo 4 Modelo 182: IR...rtaciones.

Articulo 4 Modelo 182: IRPF, sociedades y renta de no residentes. Donativos, donaciones, prestaciones gratuitas de servicios y demás aportaciones.

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Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 182.

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La presentación del modelo 182, tanto mediante transmisión electrónica como en soporte papel, deberá realizarse en el plazo comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año, en relación con la información referida al año inmediato anterior.

(NOTA: Artículo de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones a realizar en 2024, correspondientes al año 2023)