Articulo 4 Modificacion de diversas leyes forales para su adaptacion a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior
Artículo 4. Modificación de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud.
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Uno.-Se modifica la letra b) del artículo 23, que queda redactada en los siguientes términos.
"b) Determinar las condiciones de notificación o, en su caso, autorización sanitaria de funcionamiento de los establecimientos del sector alimentario ubicados en la Comunidad Foral de Navarra.
Reglamentariamente se regularán las normas de funcionamiento del Censo Sanitario de Actividades Alimentarias de Navarra, donde se inscribirán las notificaciones de las actividades alimentarias, y del Registro Sanitario de Actividades Alimentarias de Navarra, en el que deberán inscribirse, con carácter previo al inicio de su actividad, las empresas alimentarias que precisen autorización sanitaria de funcionamiento y que cuenten en el territorio de la Comunidad Foral con algún establecimiento."
