Articulo 4 Movilidad sost...de Euskadi

Articulo 4 Movilidad sostenible de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 4.- Objetivos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las administraciones públicas vascas, en el ámbito respectivo de sus competencias, promoverán la transformación continua del sistema de transporte, fijándose como objetivos de la política de movilidad sostenible los siguientes:

a) Configurar un sistema de transporte integrado, coordinado y sin duplicidades e ineficiencias, de manera que el transporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco funcione como un sistema único.

b) Fomentar un sistema de transporte innovador, resiliente, avanzado y gestionado según criterios de internalización de costes.

c) Contribuir a la mejora del medio ambiente y la seguridad y salud de la ciudadanía, reduciendo la contaminación atmosférica y acústica y el consumo de energía, así como los efectos derivados del cambio climático.

d) Priorizar la movilidad activa, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad, al transporte público y colectivo o, en su caso, a la movilidad compartida y colaborativa, optando en cualquier caso por medios que consuman combustibles alternativos.

e) Proporcionar una oferta de transporte público que garantice la accesibilidad universal.

f) Impulsar el equilibrio territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la competitividad de su tejido económico, mediante una red de infraestructuras de transporte que potencien la conectividad interior y exterior.

g) Potenciar la intermodalidad en el transporte de personas y de mercancías, a partir de una red de transporte público y de centros logísticos integrada y coordinada.

h) Introducir los medios informáticos, telemáticos, y las nuevas tecnologías, en general, en la gestión del transporte y de la movilidad sostenible, tanto en lo relativo al pago como a la información a las personas viajeras.

i) Articular un sistema de relación interadministrativa organizado mediante un método de planificación estructural.