Articulo 4 operaciones 2016 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario
Artículo 4. Modificaciones de crédito
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1. Los expedientes de modificación de crédito que afecten al ejercicio de 2016 podrán registrarse en el sistema de contabilidad descentralizada (SICODE) hasta el día 1 de diciembre. El plazo para la entrada de los expedientes en el Registro de la Dirección General de Presupuestos y Financiación acabará el día 1 de diciembre.
2. Los expedientes de modificación de crédito del Servicio de Salud de las Illes Balears que afecten al ejercicio de 2016 podrán registrarse en el SICODE y remitirse al Registro de la Dirección General de Presupuestos y Financiación hasta el día 19 de diciembre.
3. Los ingresos del último trimestre que tengan que generar crédito dentro del ejercicio de 2017, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, lo harán dentro del marco del tratamiento de los remanentes de tesorería afectados a los que se refiere el artículo 10 de la presente orden.
