Articulo 4 Ordenación y c...turísticos

Articulo 4 Ordenación y clasificación de apartamentos turísticos

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Artículo 4. Actividades complementarias.

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Los establecimientos regulados en el presente Decreto pueden ofertar a sus clientes la práctica de otras actividades turísticas como complementarias a los servicios de alojamiento, debiendo cumplir los requisitos que legal y reglamentariamente resulten aplicables.