Articulo 4 Ordenación y clasificación de establecimientos hoteleros
- Norma derogada desde el 11 de octubre de 2023. - Decreto 253/2023, de 12 de septiembre, de ordenación de las empresas y de los establecimientos de alojamiento turístico hotelero en Castilla-La Mancha. [2023/7864]
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»Artículo 4. Clasificación.
Vigente
Los establecimientos hoteleros se clasifican en los siguientes grupos, modalidades y categorías:
Grupo Primero: Hoteles, en las siguientes modalidades y categorías:
Hoteles de cinco, cuatro, tres, dos y una estrella.
Hoteles-apartamentos de cinco, cuatro, tres, dos y una estrella.
Moteles, categoría única.
Grupo Segundo: Hostales de dos o una estrella.
Grupo Tercero: Pensiones de dos o una estrella.

