Articulo 4 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
Artículo 4. Requisitos de los beneficiarios.
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1. No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.
La justificación de este apartado se efectuará mediante testimonio judicial, certificado telemático o certificación administrativa. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público, sin perjuicio de las comprobaciones que efectúe el Departamento.
2. En el caso de habérsele adjudicado ayudas del mismo tipo en alguna de las cuatro convocatorias anteriores, se podrá incluir como requisito para obtener la condición de beneficiario, el de haber cumplido los compromisos y obligaciones derivados de la concesión de las ayudas, con la percepción efectiva de la ayuda concedida por la parte ejecutada.
