Articulo 4 de ORDENFORAL6...rcicio2016

Articulo 4 de ORDENFORAL64/2015,de11denoviembre,delConsejerodeHaciendayPolíticaFinanciera,porlaqueseapruebanlasnormasreguladorasdelcierreyliquidacióndelosPresupuestosGeneralesdeNavarraydelasCuentasdeBalancedelejerciciodelaño2015ylaaperturadelejercicio2016.

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4.-Cuentas de balance.

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Dentro de las operaciones obligadas en todo cierre contable es preciso garantizar la exactitud de los estados financieros que van a presentarse como reflejo de la situación patrimonial. Por ello, resulta necesario realizar y documentar ciertas comprobaciones que aseguren la coherencia entre las cuentas del balance y los registros auxiliares existentes en los Departamentos. Con objeto de comprobar este cuadre, los Centros Contables facilitarán la información a que se hace referencia en los apartados siguientes.

4.1. Inmovilizado material e inmaterial.

El Servicio de Patrimonio, como responsable de la confección y actualización del Inventario de Bienes y Derechos del Patrimonio de la Comunidad Foral, deberá suministrar al Servicio de Contabilidad, antes del 8 de enero de 2016, la información explicativa de las bajas pendientes de aplicar de terrenos, edificios y mobiliario.

El Departamento de Desarrollo Económico deberá elaborar un informe respecto de los gastos del ejercicio 2015 a activar en la cuenta 2320601901cfna Corredor Navarro TAV en construcción , así como el valor a 31 de diciembre de 2015 de este activo. Dicho informe se remitirá al Servicio de Contabilidad antes del día 31 de enero de 2016.

El Servicio de Patrimonio deberá suministrar al Servicio de Contabilidad, antes del 31 de enero de 2016, la relación de aquellos gastos en activos inmateriales, de los que se considere probable la obtención, a partir de los mismos de rendimientos económicos o un potencial de servicio en el futuro.

4.2. Inversiones financieras permanentes (Cuentas 250, 251, 252, 259, 260 y 542).

4.2.1. El Servicio de Patrimonio remitirá al Servicio de Contabilidad, antes del 31 de enero de 2016, un informe soporte de los saldos de las cuentas 250-Acciones, 251-Valores de renta fija y 259-Desembolsos pendientes sobre acciones, indicando las modificaciones habidas en el ejercicio 2015 y si éstas han tenido o no reflejo en la ejecución presupuestaria.

Dicho informe contendrá además:

a) La siguiente información referente a las acciones propiedad del Gobierno de Navarra y de sus Organismos Autónomos a 31 de diciembre de 2015:

-Número de acciones.

-Nominal.

-% de participación que suponen en el capital de la sociedad participada.

-Ampliaciones o reducciones de capital efectuadas en el año, o iniciadas mediante la correspondiente aplicación al presupuesto del ejercicio y su tratamiento en los datos aportados en los puntos anteriores.

-Adquisición o venta de derechos de suscripción por parte del Gobierno de Navarra.

b) Relación en función de la información anterior, de los Desembolsos Pendientes Sobre Acciones y de la situación o aplicación de préstamos participativos entregados.

c) Información referente a la adquisición de cualquier activo financiero que haya podido realizarse y no esté comprendido en los apartados anteriores.

d) En caso de que parte de los títulos mencionados se coticen en algún mercado de valores, se aportará así mismo la cotización oficial media correspondiente al último trimestre del ejercicio y la cotización a 31 de diciembre del ejercicio de cierre.

Por último, deberá remitir antes del 6 de febrero de 2016, respecto a las acciones, por sociedades del sector privado y público, propiedad del Gobierno de Navarra y de sus Organismos Autónomos a 31 de diciembre de 2015, la cuantificación de la participación en los fondos propios de la sociedad a 31 de diciembre de 2015 o la información de los fondos propios de la sociedad en el balance anual de cierre realizado en el ejercicio 2015 y porcentaje de participación en cada sociedad.

4.2.2. Los centros contables de los departamentos u organismos autónomos que hubieran concedido préstamos, anticipos reintegrables a largo plazo, u otros créditos de la Hacienda Pública de Navarra, con afectación a las cuentas 252 y 260, deberán introducir en el sistema informático la información actualizada a 31 de diciembre de 2015, referente a cada uno de éstos préstamos. Los Departamentos deberán remitir, antes del 23 de enero de 2016, al Servicio de Contabilidad, un certificado o informe, de la Secretaría General Técnica, que asegure la correspondencia de los datos contables con la relación de terceros (que también ha de aportarse) que soportan los expedientes administrativos que obran en el Departamento. Asimismo se hará constar, en su caso, aquellos prestamos, que sufran un retraso de 90 días o más en el pago de intereses o principal, tras su vencimiento.

4.2.3. Los Centros Contables, deberán remitir, al Servicio de Contabilidad, antes del 31 de enero de 2016, un informe que refrende el saldo existente en las cuentas 542. En concreto el Departamento de Presidencia Justicia e Interior deberá remitir soporte de la cuenta 542- Préstamo Montepío Funcionarios Municipales. Asimismo se hará constar, en su caso, aquellos prestamos, que sufran un retraso de 90 días o más en el pago de intereses o principal, tras su vencimiento.

4.3. Existencias (Cuentas del Grupo 3).

Los Departamentos u Organismos Autónomos que tengan inventario de existencias (SNS e ISPyL), deberán regularizar, con fecha contable 31 de diciembre de 2015, las existencias que informa GE 21 ajustándolas a las existencias reales a 31 de diciembre, antes del 16 de enero de 2016; Los datos con los saldos correspondientes a estas cuentas a la fecha de cierre del ejercicio, obtenidos tras dicha regularización, se remitirán al Servicio de Contabilidad, antes del 23 de enero del año 2016.

4.4. Acreedores por obligaciones reconocidas.

4.4.1. Acreedores por resultas (T) anteriores al año 2015.

Antes del 15 de diciembre de 2015, los Departamentos u Organismos Autónomos en los que figuren acreedores por obligaciones reconocidas del año 2014 y anteriores, cuya ordenación de pago no haya sido todavía tramitada (T), deberán anular, con imputación al ejercicio 2015 aquellas que proceda (mediante las transacciones recogidas en Ejecución de gastos/Creación de expedientes/Anulación y cancelación de obligaciones presupuestarias) y enviar al Servicio de Contabilidad la relación de resultas que se mantienen, acompañando los documentos que justifiquen que, a pesar del tiempo transcurrido, corresponden a obligaciones todavía vigentes al cierre del ejercicio.

Así mismo, los Centros Contables comprobarán que todos los documentos T con saldo cero a 31 de diciembre, estén compensados con sus correspondientes documentos P.

4.4.2. Acreedores por obligaciones reconocidas anteriores al año 2015.

Antes del 15 de diciembre de 2015, los Departamentos u Organismos Autónomos en los que figuren acreedores por obligaciones reconocidas del año 2014 y anteriores, que se encuentren pendientes de pago, deberán proceder a la anulación, con imputación al ejercicio 2015, de aquellas que no se justifiquen (mediante las transacciones recogidas en Ejecución de gastos/Creación de expedientes/Anulación y cancelación de obligaciones presupuestarias), y trasladar al Servicio de Contabilidad la relación de acreedores que se mantienen, soportados en los documentos que justifiquen que, a pesar del tiempo transcurrido, corresponden a obligaciones todavía vigentes al cierre del ejercicio.

Así mismo, se comprobará que todos los Acreedores SEDATE con saldo cero a 31 de diciembre, estén debidamente compensados.

4.4.3. Acreedores genéricos y/o departamentales.

Antes del 31 de enero del 2016, los Centros Contables remitirán al Servicio de Contabilidad un informe relacionando por terceros externos el soporte de los saldos de los acreedores genéricos y/o departamentales existentes a 31 de diciembre de 2015. Este informe no tendrá en cuenta los acreedores genéricos y/o departamentales, correspondientes a anticipos de caja fija y pagos a justificar que se informan en función de lo recogido en el correspondiente apartado de esta orden foral.

4.5. Acreedores no presupuestarios pendientes de aplicar al presupuesto y acreedores no presupuestarios por gestión de cobros. (413 y 419).

4.5.1. Registro contable de las facturas

Todas las facturas con entrada antes del 1 de enero de 2016 que no hayan sido rechazadas deberán tener su correspondiente reflejo en las cuentas 413. A tal efecto, las facturas que hayan quedado pendientes de aplicar al presupuesto 2015 deberán quedar, antes del 23 de enero de 2016, en estado Asignado , o Validado si el código de asignación es 3000000026. Aquellas facturas que pasada esa fecha no estén recogidas en la cuenta 413 que le corresponda deberán ser rechazadas por el gestor

4.5.2. Cuentas 413000 que se gestionan a través del modulo MM de SAP.

Antes del 23 de enero de 2016, los gestores del Sistema de Gestión de Compras y Almacenes del Servicio Navarro de Salud y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra depurarán los posibles errores en los saldos acreedores de las cuentas 413000, anulando, con imputación al ejercicio 2015, los documentos WS (entrada de servicio) y WE (entrada de mercancías) que no se correspondan con facturas recibidas o facturas pendientes de recibir. Una vez realizada la mencionada depuración, remitirán para dicha fecha al Servicio de Contabilidad, la relación de documentos WS y WE con fecha anterior 31 de octubre de 2015, que permanecen en el sistema y cuya factura no se haya registrado en el Sistema de Gestión, justificando las razones que soportan que una vez sobrepasado el periodo medio de pago y el margen al mismo establecido en la normativa de estabilidad presupuestaria desde la recepción de mercancía o servicios, no se haya registrado la correspondiente factura.

Igualmente, y antes del 23 de enero de 2016, arrastrarán al nuevo ejercicio todos los pedidos de materiales no cerrados, regularizando, en su caso, los que no corresponda traspasar. Con el cierre del ejercicio 2015 se bloqueará la posibilidad de traspasar pedidos a 2016.

4.5.3. Cuentas 419 Acreedores No Presupuestarios por Gestión de Cobros.

Antes del 23 de enero de 2016, los centros contables que hayan traspasado a la agencia ejecutiva deudores extrapresupuestarios por gestión de cobro de otros entes (FEAGA-FEADER, NILSA y Junta de Compensación), deberán de soportar la parte del saldo a 31 de diciembre, que les corresponda, respecto a los deudores traspasados a la agencia ejecutiva y pendientes de cobro o anulación, remitiendo dicha información al Servicio de Contabilidad.

4.6. Acreedores en el ámbito de gestión del CAT (420 y saldos acreedores 431).

En lo que respecta a las cuentas de acreedores por devolución de ingresos (420 y saldos acreedores de las cuentas 431) y cobros tributarios pendientes de aplicar (saldos acreedores de las cuentas 431) gestionadas en el ámbito del CAT (Contabilidad Auxiliar de Terceros), el Servicio de Recaudación suministrará información, de los saldos correspondientes a cada una de ellas al cierre del ejercicio, antes del 23 de enero del año 2016.

Asimismo, el Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra remitirá en la fecha mencionada el importe, desglosado por impuestos, de las solicitudes de devolución de ingresos presentadas en las distintas unidades tributarias, que a 31 de diciembre se encontraban pendientes de registrarse como acreedores por devolución de ingresos en el haber de los correspondientes deudores tributarios. Antes del 1 de abril de 2016 deberá suministrar la información definitiva del importe que corresponde a esas solicitudes, una vez reconocidos, en su caso, los derechos efectivos de los solicitantes.

4.7. Deudores. (Cuentas 43 y 44).

Antes del 23 de enero del año 2016, los Centros Contables deberán introducir en el sistema informático la información actualizada, al cierre del ejercicio, de las deudas pendientes de cobro. (4311) y otros deudores no presupuestarios (4490).

4.7.1. Deudores por derechos presupuestarios liquidados antes del ejercicio 2015.

Antes de dicha fecha, los Departamentos u Organismos autónomos en los que, al cierre del ejercicio del año 2015, figuren deudores por derechos liquidados de años anteriores, deberán proceder a la anulación de aquellas que no se justifiquen (mediante las transacciones recogidas en Ejecución de ingresos/Contabilidad/Anulación y cancelación de derechos presupuestarios), y trasladar al Servicio de Contabilidad, aquellos que se mantienen, ordenados por año de inicio de la deuda y soportados en los documentos que justifiquen que, a pesar del tiempo transcurrido, corresponden a derechos todavía vigentes al cierre del ejercicio y no susceptibles de traspaso a la agencia ejecutiva.

4.7.2. Deudores en el ámbito de gestión de CAT.

En lo que respecta a las cuentas de deudores (431, 432, 435 y 436) gestionadas en el ámbito del CAT (Contabilidad Auxiliar de Terceros), antes del 23 de enero de 2016 el Servicio de Recaudación suministrará información de la gestión realizada durante el ejercicio de los deudores de ejercicios anteriores (Presupuestos Cerrados) y del saldo deudor de los mismos a 31 de diciembre.

De esas mismas cuentas y en la misma fecha, el Servicio de Recaudación suministrará información, separada de la recogida en el párrafo anterior, de los saldos deudores al 31 de diciembre de 2015 correspondiente a derechos liquidados en el ejercicio.

Los saldos de las mencionadas cuentas, se corresponderán con las sumas de los saldos mencionados en los dos párrafos anteriores.

4.7.3. Deudores genéricos y/o departamentales.

Antes del 31 de enero del 2016, los Centros Contables remitirán al Servicio de Contabilidad un informe relacionando por terceros externos el soporte de los saldos de los deudores genéricos y/o departamentales existentes a 31 de diciembre.

4.8. Cuentas de Formalización y Pendientes de Aplicar (Cuentas 554, 556, 585, 586 y 589).

Los Centros contables que utilizan este grupo de cuentas en operaciones de compensación de deudas/créditos o en formalizaciones internas, deberán asegurarse de que, al cierre del ejercicio, presenten saldo cero. Así mismo, y respecto a las cuentas 5540001700 y 5540200000, se deberán compensar, con fecha 31 de diciembre de 2015, los movimientos del ejercicio de cierre.

En caso de no presentar saldo cero en alguna de las cuentas de este epígrafe, se remitirá al Servicio de Contabilidad, antes del 31 de enero de 2016, el desglose justificado del saldo a 31 de diciembre de 2015.

Se suministrará, así mismo, información de los saldos deudores y acreedores correspondientes a las cuentas 5540001700, 5540200000, 5561000000, 5561000001, 5561000004, 5852000002 y 5852000003, gestionadas en el ámbito del CAT (Contabilidad Auxiliar de Terceros).

4.9. Fianzas a corto plazo y fianzas de arrendamientos CPU (Cuentas 180 y 560).

Antes del 31 de diciembre de 2015, los Departamentos u Organismos Autónomos en los que figuren acreedores por fianzas recibidas a corto plazo, deberán proceder a la anulación, con imputación al ejercicio 2015, de aquellas en las que ha dejado de ser necesaria la garantía que las justifica y han transcurrido al menos cinco años sin solicitud de reintegro (mediante las transacciones recogidas en Contabilidad general/Contabilización terceros/Anulación y cancelación de obligaciones extrapresupuestarias/Cancelación de obligaciones extrapresupuestarias).

Antes del 31 de enero del año 2016, los Centros Contables remitirán, al Servicio de Contabilidad, informe de la Secretaría General Técnica, relacionando las fianzas recibidas a corto plazo, pendientes de devolución a 31 de diciembre de 2015, que se mantienen, ordenadas por año de constitución de las mismas.