Articulo 4 Participación Democrática en Navarra
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»Artículo 4. Ámbito de aplicación.
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1. El ámbito de aplicación de la presente ley foral viene referido a las competencias de gobierno y Administración de la Comunidad Foral y de las Entidades Locales de Navarra.
2. Las disposiciones de esta ley foral se aplicarán:
a) A la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes de la misma.
b) A las Entidades Locales de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes de las mismas, en los términos y alcance establecidos en esta ley foral y sin perjuicio de su normativa específica y de los reglamentos orgánicos.
