Articulo 4 Participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas
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»Artículo 4. Contenido de la participación institucional
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La participación institucional se lleva a cabo mediante:
a) La presencia de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en todos los consejos u órganos similares de participación, con sulta o asesoramiento de entidades públicas, así como en todos los órganos y las instituciones de participación de diálogo social general y permanente o en cua lesquiera mesas o foros específicos de negociación o concertación socio-económica.
b) El seguimiento de los acuerdos y pactos entre organizaciones empresa riales y sindicales y el Gobierno de las Illes Balears.
Modificaciones
- Artículo modificado (4 (letra a)) por Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2012
(PM de 30-12-2011) en vigor desde 01-01-2012
