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Articulo 4 Plan General de Contabilidad Pública PGCPGC

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Artículo 4. Cuenta General de la Generalidad de Cataluña

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4.1 La Cuenta General de la Generalidad de Cataluña se forma por la Intervención General de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con las cuentas que los responsables de las diferentes entidades que integran el sector público de la Generalidad le hayan enviado.

4.2 La Cuenta general de la Generalidad de Cataluña está formada por:

a) La cuenta de la Administración general.

b) Las cuentas de las entidades autónomas administrativas y del Servicio Catalán de la Salud.

c) Las cuentas de las entidades comerciales, industriales y financieras.

d) Las cuentas de las entidades de derecho público sometido al derecho privado.

e) Las cuentas de los consorcios con participación mayoritaria o adscritos a la Generalidad de Cataluña.

f) Las cuentas de las sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por la Generalidad de Cataluña.

g) Las cuentas de las fundaciones participadas mayoritariamente por la Generalidad de Cataluña o adscritas a la Generalidad de Cataluña.

4.3 La Cuenta general de la Generalidad de Cataluña tiene que suministrar información sobre:

a) La situación económica, financiera y patrimonial del sector público de la Generalidad de Cataluña.

b) La información sobre la capacidad/necesidad de financiación según normas del Sistema Europeo de Cuentas.

c) Los resultados económicos y patrimoniales del ejercicio.

d) La liquidación de los presupuestos.

e) El endeudamiento público.

f) Los avales concedidos.

g) Los compromisos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros.

h) La distribución territorial de los gastos de inversión.

i) El grado de realización de los objetivos previstos.

4.4 Con carácter general, todas las entidades del sector público de la Generalidad de Cataluña que tengan que rendir sus cuentas a la Intervención General para la formulación de la Cuenta general, tienen que trasladar al mencionado centro directivo de la contabilidad pública, la documentación siguiente:

a) El balance.

b) Cuenta del resultado económico patrimonial/Cuenta de pérdidas y ganancias.

c) El estado de cambios en el patrimonio neto.

d) El estado de flujos de efectivo.

e) El estado de liquidación del presupuesto.

f) La memoria, según el contenido y estructura previstos en el Plan de Contabilidad que sea de aplicación en cada caso.

4.5 Los modelos de los documentos y de los estados indicados en el punto anterior son los que establezcan los diferentes planes de contabilidad que las entidades sujetas de la contabilidad tienen que aplicar, de acuerdo con la normativa vigente.

4.6 La Intervención General de la Generalidad de Cataluña tiene la función de regular los modelos de desarrollo, ampliación o mejora de la información presupuestaria y financiera establecida en la memoria del PGCPGC.