Articulo 4 Política de se... de C León

Articulo 4 Política de seguridad de la información de la Administración de C. León

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Artículo 4. Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización.

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La Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización es el órgano directivo central encargado de promover la aplicación efectiva, seguimiento y propuesta de modificación de la política de seguridad de la información. Además, deberá.

- e) Dirigir y, en su caso, ejecutar las auditorías en esta materia.

- f) Proporcionar las directrices e instrucciones oportunas que faciliten el seguimiento de la implantación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar un nivel de protección adecuado a la criticidad de los sistemas de información.

- g) Constituirse como interlocutor con el Centro Criptológico Nacional y otros centros nacionales e internacionales de referencia en la utilización de servicios de respuesta a incidentes de seguridad de especial gravedad.

- h) Proponer y extender las actuaciones de los diferentes responsables de seguridad, bajo el criterio de garantizar la seguridad de las infraestructuras tecnológicas compartidas.

- i) Proponer las actuaciones de formación y concienciación previstas en el artículo 16 de esta orden.

- j) Publicar en la sede electrónica, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es las declaraciones de conformidad de los sistemas de información remitidas por las consejerías, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.

- k) Las demás competencias otorgadas en esta materia por la legislación vigente.