Articulo 4 prestación económica vinculada al servicio residencial temporal para el descanso de las personas cuidadoras de personas perceptoras de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar
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»Artículo 4. Personas beneficiarias
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Serán beneficiarias de la prestación las personas en situación de dependencia, a su vez beneficiarias de una prestación económica para cuidados en el entorno familiar que ingresen de forma privada y temporalmente en centros residenciales para el descanso de las personas cuidadoras definidas como tales en el artículo 7 del Decreto Foral 192/2018, de 26 de diciembre, por el que se regula el estatuto de las personas cuidadoras.
