Articulo 4 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
- En el listado de partidas presupuestarias que acompañan a la Ley Foral de Presupuestos, se modifica la denominación de una partida del Departamento de Cultura y Deporte, al haber un error en la denominación de la entidad beneficiaria, pasando a ser «Asociación Gaztelu» en lugar de «Sociedad Gaztelu», manteniendo la codificación, el importe y la finalidad. También se modifica la parcela destinada por el Ayuntamiento del Valle de Egüés para la instalación de un espacio multideportivo prevista en la partida A50001 A5400 7609 336145, es 427 en lugar de 413. - LEY FORAL 14/2022, de 12 de mayo, de modificacion de la Ley Foral 18/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022.
Artículo 4. Modificaciones presupuestarias de los programas comunitarios.
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Copiloto jurídico
1. El Gobierno de Navarra, a propuesta de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, previo informe de la persona titular de la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias necesarias para llevar a efecto durante el ejercicio la mejor ejecución de los programas y proyectos cofinanciados por la Unión Europea, de conformidad con lo aprobado por la Comisión en el documento inicial, o con las modificaciones posteriores que los Comités de Seguimiento o la propia Comisión hayan introducido. Las modificaciones presupuestarias deberán financiarse con créditos de cualquier naturaleza que figuren en los estados de gastos.
2. Cualquier modificación de crédito que afecte directamente a las partidas en las que se recojan proyectos cofinanciados por la Unión Europea requerirá informe previo de la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo. Se exceptúan las modificaciones que afecten a créditos cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
