Articulo 4 Principios de funcionamiento de entidades tutelares de personas adultas incapacitadas judicialmente
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»Artículo 4. Objetivos de los servicios de tutela
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Los objetivos principales de los servicios de tutela son los siguientes:
a. Procurar la manutención y promover la salud, en el sentido más amplio posible.
b. Procurar educación y formación integral.
c. Promover la máxima recuperación posible de las capacidades, facilitando los apoyos necesarios.
d. Administrar los bienes de las personas tuteladas con total lealtad y transparencia, contrastada con los informes que tienen que enviar a los juzgados anualmente o cuando la sentencia judicial lo determine.
