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Articulo 4 Procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia

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Artículo 4. Red de servicios para la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia

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Los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se prestarán a través de la red formada por los centros públicos de la Comunidad de Madrid, de las Entidades Locales, los centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia, así como por aquellos centros privados que, estando debidamente acreditados conforme a la normativa vigente de la Comunidad de Madrid, hubieran sido objeto de concertación.