Articulo 4 procedimientos 2013 de realización de los pagos fraccionados en el IRPF y modelos 130, de autoliquidación del pago fraccionado, y 005, de domiciliación del referido pago fraccionado
Artículo 4. Formas de presentación.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Uno. Las formas de presentación del modelo 130 son las siguientes.
a) Soporte papel, que se deberá ajustar al diseño que figura como anexo I de la presente Orden Foral. El citado soporte comprende dos ejemplares: Ejemplar para la Administración y ejemplar para el interesado.
El referido soporte se podrá obtener mediante la impresión del archivo PDF rellenable que se pondrá a disposición de los usuarios en la página web del Departamento de Hacienda y Finanzas y en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa ubicada en la dirección https:/www.gfaegoitza.net.
No podrán presentar el modelo 130 en soporte papel los obligados tributarios incluidos en el apartado 1 del artículo 1 de la Orden Foral 1011/2010, de 24 de noviembre, por la que se regula la obligación de efectuar determinados trámites de carácter tributario por vía electrónica.
b) Transmisión electrónica a través del portal de servicios por Internet «Gipuzkoataria». La presentación electrónica de la autoliquidación del modelo 130 se puede realizar vía fichero o vía formulario.
Para realizar la presentación vía fichero, el obligado tributario deberá confeccionar el fichero de forma previa a la transmisión, el cual deberá estar elaborado de acuerdo con los diseños físicos y lógicos previstos en el anexo II de la presente Orden Foral.
Las presentaciones vía fichero y vía formulario se realizarán con arreglo al procedimiento previsto en la Orden Foral 1011/2010, de 24 de noviembre, citada anteriormente.
Dos. La presentación del modelo 130 por Internet podrá efectuarse de forma individual o de forma colectiva, según que el fichero correspondiente contenga los datos de un solo declarante, en el primer caso, o de varios en el segundo.
Tres. La modificación, rectificación o anulación de los modelos 130 presentados por Internet que se efectúe antes de la finalización del plazo a que se refiere el artículo 5 de esta Orden Foral, sólo se podrá efectuar por la misma vía.
