Articulo 4 Proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación
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»Artículo 4. Calendario del proceso de admisión
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La persona titular de la dirección general competente en materia de centros docentes fijará, cada año, los calendarios de las fases que regirán el proceso de admisión del alumnado, dictará las normas complementarias que deben regir dicho proceso y adoptará las medidas y actuaciones que sean necesarias para su cumplimiento.
