Articulo 4 Protección de los animales de compañía en Navarra
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»Artículo 4. Exclusiones de aplicación.
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Se excluyen del ámbito de aplicación de esta ley foral por tener normativa específica:
1. Los animales de producción, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional primera de esta ley foral.
2. Los animales de la fauna silvestre, incluidas las especies, subespecies y poblaciones de fauna silvestre consideradas piezas de caza.
3. Los animales utilizados en espectáculos taurinos.
4. Los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos.
5. Los animales existentes en los parques zoológicos.
