Articulo 4 Prueba de aptitud necesaria para la constitución de una relación de candidatos autonómica propia para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local
Cuarto. Solicitudes.
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1. Las personas aspirantes deberán presentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta en los Anexos II y III de la presente Orden, en el Registro General del Gobierno de Cantabria (c/Peña Herbosa, nº 29 39003 Santander), en los registros auxiliares, y en los registros delegados y en cualquiera de los lugares y medios señalados en el artículo 16.4 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los referidos Anexos podrán descargarse de la página web oficial de la Dirección General competente en materia de Administración Local: https://administracionlocal.cantabria.es/.
2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de Administración Local del Gobierno de Cantabria.
3. A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:
a) fotocopia del D.N.I. del aspirante.
b) fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del correspondiente título o grado.
4. Las personas aspirantes podrán presentarse a cuantas subescalas se convoquen, siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas.
5. Las personas aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitado deberán aportar Resolución, o Certificado, de reconocimiento del grado de discapacidad, debiendo ser el mismo igual o superior al 33%. Igualmente, podrán hacer constar en su solicitud, las adaptaciones de tiempo y/o medios que consideren necesarias para la realización de la prueba de aptitud.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Junto con la solicitud de participación en esta convocatoria deberá quedar acreditado el pago de la tasa de inscripción o, en su caso, la causa de exención.
7. Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de la prueba de aptitud y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número de documento de identidad se publicará en la forma que determina la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
