Articulo 4 Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa
Articulo 4 Racionalizació...nistrativa

Articulo 4 Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Integración de fundaciones en organismos públicos.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


El organismo público Programas Educativos Europeos integrará la actividad de la Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas (Universidad.es) y pasará a denominarse Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE). La Agencia Nacional de la Evaluación de la Calidad y Acreditación integrará la actividad de la Fundación Agencia Nacional de la Calidad y la Acreditación. ICEX España Exportación e Inversiones integrará la actividad de la Fundación Centro de Estudios Económicos y Comerciales. Red.es integrará la actividad de la Fundación Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) integrará la actividad de la Fundación Ciudad de la Energía (CIUDEN), con excepción de las actividades museísticas. La integración de la actividad de las fundaciones en los organismos tendrá lugar mediante la cesión a favor de éstos de todos los bienes y derechos de las fundaciones. La cesión se practicará con ocasión de la liquidación de las fundaciones, en unidad de acto, y previo cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros que se menciona en la disposición adicional novena.

(NOTA: En lo que afecta a la Fundación Ciudad de la Energía - CIUDEN, F.S.P. se deroga por el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre).

Los órganos de gobierno de los organismos públicos adoptarán cualesquiera actuaciones sean precisas para integrar la actividad de las fundaciones en el Acuerdo mencionado en la disposición adicional novena.

La integración no podrá ser entendida como causa de modificación o de resolución de las relaciones jurídicas que mantengan las fundaciones citadas, quedando los organismos públicos subrogados en las citadas relaciones jurídicas.