Articulo 4 Régimen concesional del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia y Registro de Empresas radiodifusoras
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»Artículo 4. Plazo de la concesión y de la renovación.
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1. Las concesiones se otorgarán por un plazo de diez años, y éstas podrán ser renovadas por períodos iguales y sucesivos, siempre que la correspondiente solicitud de renovación se presente con tres meses de antelación a la fecha de expiración del plazo de la concesión o de la prórroga en vigor.
2. El Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, resolverá, mediante Acuerdo, las solicitudes de renovación de las citadas concesiones.
