Articulo 4 Registro de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil
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»Artículo 4. Efectos de la inscripción.
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La inscripción en el Registro posee carácter de información pública facilitando la articulación de las acciones que realizan las diferentes Administraciones públicas en el campo del fomento de la participación ciudadana en las tareas de protección civil.
