Articulo 4 Reglamento de asistencia jurídica gratuita de C. Valenciana -Derogado-
Artículo 4. Naturaleza, ámbito territorial y competencias
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1. Las comisiones de asistencia jurídica gratuita son los órganos colegiados competentes para efectuar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en su ámbito territorial de carácter provincial. Están adscritas a la conselleria de la Generalitat que tenga atribuidas las competencias en materia de justicia, siendo obligación de esta proporcionar el apoyo económico, técnico y administrativo que sea necesario para su funcionamiento.
2. Tendrán su sede en cada una de las capitales de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia, ejerciendo, en su respectivo ámbito territorial provincial, las funciones y competencias previstas por la Ley de asistencia jurídica gratuita, y por este reglamento.
