Articulo 4 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones -ISD-
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»Art. 4.º Incompatibilidad con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Vigente
En ningún caso un mismo incremento de patrimonio podrá quedar gravado por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-1991 en vigor desde 16-11-1991