Articulo 4 Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Admón. de Justicia
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»Artículo 4. Cupo para personas con discapacidad.
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En materia de acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia de las personas con discapacidad se estará a lo dispuesto en la normativa estatal dictada al respecto.
Modificaciones
- Artículo modificado (4) por Real Decreto 530/2025, de 24 de junio, por el que se adoptan las disposiciones organizativas y estatutarias del personal de la Administración de Justicia necesarias para implementar en las Oficinas judiciales y en las Oficinas de Justicia en los municipios el modelo de organización judicial establecido por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
(BOE de 25-06-2025) en vigor desde 26-06-2025
