Articulo 4 Reglamento de Inspección Tributaria del THG
Ver Indice
»Artículo 4. Acreditación del personal inspector.
Vigente
1. Se proveerá al personal inspector de un carné u otra identificación que les acredite para el desempeño de sus funciones.
2. Cuando el personal inspector actúe fuera de las oficinas públicas deberá acreditar su condición, si es requerido para ello.

