Articulo 4 Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
- Norma derogada en cuanto se oponga a la Ley 8/1990, de 25 de julio, con efectos de 1 de julio de 1992. - Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Regimen Urbanistico y Valoraciones del Suelo.
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»Artículo 4.
Vigente
Los planes generales municipales de ordenacion se desarrollaran, segun la clase de suelo sobre la que se actue y en atencion a la finalidad perseguida en cada caso, a traves de planes parciales, estudios de detalle, programas de actuacion urbanistica o planes especiales.

