Articulo 4 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General
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»Artículo 4. Inicio del mandato de los Jueces
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El mandato de los Jueces se iniciará en la fecha fijada al efecto en la decisión de nombramiento. Si la decisión no determina la fecha en que dará comienzo su período de mandato, este se iniciará el día en que se publique dicha decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea.
