Articulo 4 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico
Artículo 4. Concurso
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1. De acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, el concurso es el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo por el personal funcionario de carrera y consiste en la valoración de los méritos y de las capacidades y, en su caso, de las aptitudes de los candidatos conforme a las bases establecidas en la correspondiente convocatoria.
2. El concurso para la provisión de puestos de trabajo podrá ser ordinario o específico según se determine en la relación de puestos de trabajo.
3. Los concursos para la provisión de puestos de trabajo pueden convocarse para la generalidad de los puestos de trabajo vacantes, para puestos de trabajo de un determinado ámbito o para puestos de trabajo concretos, en atención a las necesidades del servicio. En todo caso, no se incluirán en ellos los puestos de trabajo que tengan adscrito personal funcionario de carrera por motivos de salud o rehabilitación o por motivos de violencia de género.
4. En todo caso, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, estará obligado a participar en los concursos ordinarios de provisión de puestos de trabajo el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
a) Personal removido del puesto obtenido por concurso ordinario o específico, excepto que acceda a otro puesto con carácter definitivo.
b) Personal removido del puesto obtenido mediante libre designación, excepto que acceda a otro puesto con carácter definitivo.
c) Personal cuyo puesto de trabajo sea objeto de amortización.
d) Personal adscrito con carácter provisional a un puesto de trabajo.
e) Personal que no se encuentre adscrito en un determinado puesto de trabajo.
El incumplimiento de esta obligación determinará la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Lo dispuesto en este apartado será de aplicación en exclusiva a los puestos de personal funcionario de carrera de Administración general y especial. En el caso del personal funcionario de la Administración de justicia, personal docente o personal estatutario del sistema de salud, no será de aplicación directa y se observará su regulación específica.
5. Podrán establecerse convocatorias de concursos de traslados mediante procedimientos abiertos y permanentes de conformidad con lo dispuesto en la correspondiente convocatoria.
