Articulo 4 Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación
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»Artículo 4. Competencia.
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Las condiciones generales de los contratos, y los mandamientos y ejecutorias relativas a resoluciones judiciales se inscribirán en el Registro correspondiente al domicilio social o profesional del predisponente, o en su defecto al del establecimiento principal desde donde dirija y gestione fundamentalmente sus negocios.
