Articulo 4 el que se regu...rbanistico

Articulo 4 el que se regula lacooperacion interadministrativa en la elaboracion y aplicacion delplaneamiento urbanistico

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Artículo 4. Propuestas y documentación.

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1. Los Convenios podrán ser promovidos por el Gobierno de Navarra y por las entidades locales interesadas.

2. Las propuestas de Convenio de colaboración podrán presentarse en los Registros municipales de los Ayuntamientos a los que el Gobierno de Navarra formule propuesta, en el Registro General del Gobierno de Navarra, en el Registro del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, o en cualquier otro de los lugares especificados en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Cada propuesta municipal de Convenio de colaboración deberá ir acompañada de un Acuerdo de la entidad local que manifieste la intención de elaborar un instrumento de planeamiento de los previstos en el presente Decreto Foral, con sujeción a las condiciones establecidas en el mismo.