Artículo 4 reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava
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»Artículo 4. El Fondo Foral de Financiación.
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El Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava constituye el instrumento legal mediante el que se procederá a la distribución de las participaciones que correspondan a cada una de las Entidades Locales destinatarias de las mismas.
