Articulo 4 Remisión telemática de la documentación acreditativa de los hechos o negocios que motivan la presentación de declaraciones tributarias de los impuestos gestionados por la comunidad
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»Artículo 4. Presentación telemática de declaraciones tributarias
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (4 (se deroga)) por Orden de 23 de febrero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el procedimiento para la elaboración, presentación y pago electrónico de autoliquidaciones, se aprueba la diligencia acreditativa de la presentación y pago electrónico, se establecen los supuestos de obligatoriedad de presentación electrónica y se aprueban los modelos de autoliquidación correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad de Madrid
(M de 14-03-2023) en vigor desde 15-03-2023
