Articulo 4 sancionador Nuevas medidas en el uso de la mascarillla durante la crisis por COVID
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»Cuarto. Régimen sancionador.
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Corresponderá a los órganos competentes de la Junta de Extremadura y de las entidades locales, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta resolución. El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta resolución podrá ser sancionada de conformidad con la normativa en materia de salud pública que resultare aplicable.
