Articulo 4 Sanidad Animal de C. León
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»Artículo 4. Comisión Asesora Regional de Sanidad Animal.
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1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor en materia de sanidad animal, adscrito a la consejería competente en esta materia.
2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.
Modificaciones
- Artículo modificado (4) por LEY 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 19-09-2014) en vigor desde 20-09-2014
