Articulo 4 Sindicatura de...e Cataluña

Articulo 4 Sindicatura de Cuentas de Cataluña

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Artículo 4. Obligaciones de las entidades fiscalizadas

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1. Las entidades sometidas a fiscalización deben presentar las cuentas anuales en el plazo fijado por la presente ley o por otras disposiciones legales.

2. A los efectos de lo establecido por el artículo 2.g, los partidos políticos y las asociaciones y las fundaciones sometidas al protectorado de la Generalidad y vinculadas orgánicamente a los partidos políticos deben presentar su contabilidad a la Sindicatura de Cuentas en el plazo de seis meses a contar desde el cierre de cada ejercicio. Asimismo, las formaciones políticas y sus fundaciones vinculadas con representación institucional deben presentar su contabilidad a la Sindicatura de Cuentas en el plazo establecido por la normativa electoral. Esta documentación debe permitir identificar los flujos de ingresos y gastos. En cualquier caso, debe formar parte de esta documentación la que deben remitir al Tribunal de Cuentas de acuerdo con lo establecido por la normativa reguladora de este órgano.

3. Las entidades sujetas a fiscalización tienen el deber de colaboración y el de suministro de todos los datos, documentos antecedentes o informes que la Sindicatura de Cuentas les solicite. En este sentido, el personal de la Sindicatura, en el ejercicio de las funciones de fiscalización, debe tener acceso directo a la documentación requerida, mediante el acceso a las bases de datos y aplicaciones informáticas en las que se archiva esta documentación. El personal también debe poder revisar los sistemas informáticos de gestión de las entidades sometidas a fiscalización.

Del mismo modo, la Sindicatura, en virtud de esta obligación de colaboración, puede obtener directamente de cualquier entidad, persona física o jurídica, ya sea pública o privada, la información y la documentación que necesite y que esté relacionada con los trabajos que tiene encomendados.

La Sindicatura, en el acceso a los datos necesarios de acuerdo con los criterios a los que se refiere este apartado, debe garantizar el cumplimiento de los principios establecidos en la normativa de protección de datos y de la política de seguridad y los protocolos vigentes en materia de seguridad de la información. 

4. Las autoridades, los responsables de las entidades y personas jurídicas, así como las personas físicas a las que se refiere el apartado 3, deben garantizar que se preste la colaboración y el apoyo debidos al personal de la Sindicatura de Cuentas, y deben facilitar el acceso a la información que les solicite en los plazos establecidos de acuerdo con la normativa reguladora de la Sindicatura.

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