Articulo 4 Sistema de incentivación retributiva del personal de sanidad
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»Artículo 4. Órganos de participación del personal en el sistema de productividad
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Con la finalidad de realizar el seguimiento de la aplicación estricta del sistema de diferenciación retributiva, se establecen dos órganos de participación del personal, a través de sus representantes, en los niveles central y local (departamento o centro): la Comisión Central de seguimiento de Productividad; y las Comisiones locales de Seguimiento de Productividad.
En su composición se asegurará una presencia equilibrada entre mujeres y hombres. Sus funciones, enunciadas esencialmente respecto al subsistema general, se adaptarán respecto a los distintos programas específicos contemplados en el capítulo III según lo dispuesto en cada caso.
