Articulo 4 subvencionables Medidas extraordinarias por COVID-19 en materia de Formación Profesional para el Empleo en Madrid
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»Cuarto. Alumnos subvencionables
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En atención a la excepcionalidad de la situación sobrevenida, para las acciones formativas organizadas por las entidades beneficiarias de las convocatorias de subvención enumeradas en el apartado Segundo, se podrán admitir desviaciones por acción formativa de hasta un 15 por ciento del número de participantes que la hubieran iniciado, en el caso de producirse abandonos de alumnos con posterioridad a la impartición del 25 por 100 de las horas de formación de la acción formativa.
