Articulo 4 Tarjeta acredi... Andalucía

Articulo 4 Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 4. Vigencia.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad determinará expresamente su vigencia, que podrá ser de carácter permanente, o bien establecer una fecha determinada de validez de acuerdo con la provisionalidad de la valoración del grado de discapacidad.

En todo caso, la tarjeta perderá su vigencia cuando se produzca su cancelación en los términos previstos en la presente Orden.