Articulo 4 Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de Navarra
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»Artículo 4. Ámbito territorial de validez de la tarjeta de estacionamiento.
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La tarjeta expedida de conformidad con el procedimiento previsto en la presente orden foral, tendrá validez en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de su utilización en todos los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos que los respectivos órganos competentes tengan establecidos en materia de ordenación y circulación de vehículos.

