Articulo 4 TR. de disposiciones legales vigentes sobre el régimen especial de seguridad social del personal al servicio de la administración de justicia
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»Artículo 4. Adscripción de la Mutualidad General Judicial.
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El sistema de Mutualismo Judicial, que se regula en el presente Real Decretoley, se gestionará a través de la Mutualidad General Judicial, adscrita al Ministerio de Justicia.
