Articulo 4 TR. del estatuto legal del consorcio de compensación de seguros
Ver Indice
»Artículo 4. Órganos de gobierno y administración
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El Consorcio será regido y administrado por un Consejo de Administración compuesto por el Presidente del Consorcio y un máximo de 18 vocales.
2. La presidencia del Consorcio será desempeñada por el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.
3. El nombramiento y cese de los vocales se realizará por el Ministro de Economía y Hacienda.
