Articulo 4 Unificación por la absorción del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Baleares por parte del Colegio Oficial de Economistas de las Illes Balears
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»Artículo 4. Estructura
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La estructura interna y el funcionamiento del colegio resultante de la fusión serán democráticos y este se regirá en sus actuaciones por la legislación básica del Estado; por la Ley 10/1998, de 14 de diciembre, de colegios profesionales de las Illes Balears; por esta ley; por sus estatutos y por las normas internas que apruebe el colegio.
