Articulo 4 Uso de condeco...de Policía

Articulo 4 Uso de condecoraciones otorgadas a miembros del Cuerpo General de Policía

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Artículo 4. Entrada en vigor y publicidad.

Vigente

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este Centro Directivo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a tenor de lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Canarias, a 15 de mayo de 2023.- El Director General de Seguridad y Emergencias, Gustavo de Armas Gómez.